Las cámaras de videovigilancia consiste en la captación y/o grabación de imágenes de personas identificadas o identificables con fines de seguridad de personas, bienes e instalaciones mediante cámaras, videocámaras u otros medios técnicos. Al tratarse de un tratamiento de datos personales, la videovigilancia debe cumplir con la normativa de protección de datos, es decir, el Reglamento General de Protección de Datos RGPD y la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD)
El RGPD establece una serie de principios y obligaciones que deben respetarse a la hora de instalar y usar las cámaras de videovigilancia, tales como:
- La legitimación del tratamiento, basada en el interés legítimo de garantizar la seguridad de las personas, bienes e instalaciones, o de controlar el cumplimiento de las obligaciones laborales de los trabajadores, siempre que no prevalezcan los derechos y libertades fundamentales de los afectados
- La proporcionalidad del tratamiento, que implica que la videovigilancia sea la opción menos invasiva para alcanzar la finalidad perseguida, y que las imágenes solo se usen con el fin especificado y no para otros fines distintos.
- El deber de informar a los afectados, mediante carteles informativos que indiquen la existencia de cámaras de videovigilancia, la identidad del responsable del tratamiento y la forma de ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad.
- La seguridad del tratamiento, que exige adoptar medidas técnicas y organizativas adecuadas para evitar el acceso no autorizado, la pérdida, el daño o la alteración de las imágenes, así como conservarlas por un plazo máximo de un mes, salvo que sean requeridas por las autoridades competentes o se hayan producido hechos delictivos.
Estos son algunos de los aspectos más importantes que debes saber sobre las cámaras de videovigilancia y el RGPD. Pero ¿y si contestamos las preguntas mas frecuentes sobre este tema?
Preguntas frecuentes:
¿Puedo grabar audio con las cámaras?
No, no es legal tener cámaras de videovigilancia que registran el audio, salvo que exista una orden judicial expresa o una razón proporcional para ello. La grabación de audio de conversaciones privadas es una medida de seguridad desproporcionada y muy invasiva, que vulnera el derecho a la intimidad y a la protección de datos de las personas afectadas. Por lo tanto, si quieres instalar cámaras de videovigilancia, debes asegurarte de que no capten el sonido de lo que ocurre en la escena, o de que lo hagan con el consentimiento expreso de las personas implicadas y con una finalidad legítima. Si incumples esta norma, puedes enfrentarte a sanciones administrativas o penales, según la gravedad de la infracción y el daño causado a los derechos de las personas afectadas.
¿Puedo instalar cámaras en la sala de descanso del personal?
No, no es legal tener cámaras de videovigilancia en la zona de descanso del personal, salvo que exista una orden judicial expresa o una razón proporcional para ello. La grabación de imágenes en lugares de descanso, como comedores, vestuarios o aseos, vulnera el derecho a la intimidad y a la dignidad de los trabajadores, y al igual que sucede con el audio, solo se puede realizar con el consentimiento expreso de los afectados.
¿Puedo instalar videovigilancia para controlar a la persona que limpia en mi casa?
Si, puedes instalar cámaras de videovigilancia para vigilar a la persona que limpia tu casa, siempre y cuando le informes previamente y obtengas su consentimiento.
¿Puedo vigilar mi plaza de parquin con una cámara de vigilancia?
Depende de la situación. En general, puedes instalar una cámara de seguridad en tu plaza de parquin para proteger tu propiedad, pero se deben cumplir una serie de requisitos:
- Se debe contar con el permiso expreso de la comunidad de propietarios, que debe constar en el acta correspondiente.
- Se debe notificar de forma clara, mediante carteles informativos, la existencia de una cámara de seguridad en tu plaza, y la identidad del responsable del tratamiento.
- La cámara solo puede apuntar exclusivamente a tu plaza, evitando enfocar a otras plazas o partes del parquin comunitario.
¿Se puede colocar una pantalla en mi negocio donde se visualicen las cámaras instaladas?
Depende de la finalidad y el lugar donde pongas la pantalla. Si la pantalla tiene como objetivo disuadir a los posibles delincuentes o informar a los clientes y trabajadores de la existencia de cámaras de seguridad, puede ser una medida legal y proporcional, siempre que se cumplan los requisitos de la normativa de protección de datos y de seguridad privada. Sin embargo, si la pantalla tiene como objetivo exhibir las imágenes de las cámaras de forma innecesaria o irrespetuosa, puede ser una medida ilegal y desproporcionada, que vulnera el derecho a la intimidad y a la protección de datos de las personas afectadas
¿Cómo y dónde denunciar cámaras de videovigilancia?
Si crees que una cámara de videovigilancia está vulnerando tus derechos de privacidad o protección de datos, puedes denunciarla ante las autoridades competentes. Algunas de las opciones que tienes son:
- Presentar una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que es el organismo encargado de garantizar el cumplimiento de la normativa de protección de datos, RGPD y LOPDGDD. Puedes hacerlo a través de su página web o de forma presencial en su sede de Madrid.
- Contactar con la policía local o municipal, si la cámara está instalada sin la autorización correspondiente o apunta a la vía pública. Es importante que tengas pruebas concretas para respaldar tu denuncia.
- Acudir al Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento, si la cámara está instalada en un lugar público o de acceso público. Puedes solicitar información y presentar tu denuncia en esta oficina.
- Consultar con un abogado especializado en protección de datos, si la cámara está vulnerando tus derechos fundamentales o causándote un daño grave. Este profesional podrá asesorarte sobre los pasos a seguir y representarte ante las instancias judiciales.
¿Dónde debo colocar los carteles de videovigilancia?
Los carteles de videovigilancia son un elemento obligatorio para informar a las personas que acceden a una zona donde hay cámaras de seguridad instaladas, de acuerdo con la normativa de protección de datos, RGPD y LOPDGDD. Los carteles deben colocarse en lugares visibles y legibles, preferiblemente en los accesos a la zona videovigilada, antes de entrar en ella. También se recomienda su colocación en el interior de la zona, cuando esta sea muy grande, para recordar a los interesados la presencia de las cámaras
¿Cómo rellenar un cartel de aviso de cámaras de videovigilancia?
Para rellenar un cartel de aviso de cámaras de videovigilancia, debes seguir estos pasos:
- Descargar el modelo de cartel de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) o de otro sitio web de confianza.
- Rellenar los tres recuadros que hay en el cartel con la siguiente información:
- La identidad y los datos de contacto del responsable del tratamiento de las imágenes, que puede ser el propietario, el administrador o la empresa de seguridad que gestiona las cámaras.
- La forma de ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad de los datos personales captados por las cámaras.
- Un código QR o un enlace a la dirección web donde se puede consultar la información adicional sobre el tratamiento de datos personales.
- Pegar el cartel en un lugar visible y legible, preferiblemente en los accesos a la zona videovigilada, antes de entrar en ella.
Ejemplo de cartel de zona videovigilada

Aquí hemos intentado resolver las preguntas más comunes sobre las cámaras de videovigilancia y RGPD. Si tienes alguna pregunta que no queda resuelta con este artículo, no dudes en contactarnos y aclararemos todas tus dudas.